Vigilancia Médica Ocupacional
Es un procedimiento que consiste en la recopilación de información, supervisión y monitoreo del estado de salud de los colaboradores en una empresa y es desarrollada por un equipo de médicos ocupacionales.
¿Qué es Vigilancia Médica ocupacional?
Es el proceso de recolección de información y análisis sistémico que abarca todas las evaluaciones necesarias para proteger la salud de los trabajadores con el objetivo de detectar los problemas de salud relacionados con el trabajo y controlar los factores de riesgo para prevenir los daños a la salud del trabajador está vigilancia debe ser realizada por el médico ocupacional bajo la responsabilidad del empleador.
¿A qué se conoce como vigilancia ocupacional?
La vigilancia ocupacional permite identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo que presentan los ambientes laborales, enfocados en intervenir en forma oportuna y preventiva en el control de las condiciones inseguras y actos inseguros en los diferentes centros laborales.
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MONITOREO OCUPACIONAL
La normativa vigente exige que las empresas tengan un médico dependiendo del número de trabajadores. Contamos con un equipo multidisciplinario con una amplia experiencia en vigilancia médica ocupacional brindando un «servicio integral» con los más altos estándares.Entra a R.M. 675-2022-MINSA
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¿Qué es un plan de vigilancia medica ocupacional?
Es un procedimiento que consiste en la recopilación de información, supervisión y monitoreo del estado de salud de los colaboradores en una empresa y es desarrollada por un equipo de médicos ocupacionales.
¿Cuál es la importancia de los programas de vigilancia médica?
La vigilancia médica es un componente esencial de la prevención de riesgos laborales y como tal, una actividad que debe integrarse necesariamente en todas las fases de actuación de los Servicios de Prevención. La prevención supone un conjunto de actuaciones orientadas a evitar los daños a la salud.
¿Por qué es importante la Vigilancia Médica Ocupacional?
Es importante porque permite detectar de forma temprana enfermedades causadas en el trabajo y reducir posibles riesgos o daños a la salud del colaborador.
¿Qué beneficios tiene la vigilancia médica ocupacional?
No solo será beneficioso para la salud de tus colaboradores, también contribuirá en el fortalecimiento de la reputación empresarial , ya que así evitaremos inconvenientes de carácter laboral y legal con relación al incumplimiento de garantizar el bienestar de tus colaboradores. No solo en ese aspecto hay muchos beneficios más que te brinda la vigilancia médica ocupacional, entre ellos:
• Reducción de rotación de personal y absentismo laboral.
• Promover un clima laboral favorable e impulsar la motivación entre los equipos de trabajo.
• Aumento de la productividad laboral y refuerzo de la confianza de los colaboradores con la empresa.
• Disminución de los gastos y pérdidas que conllevan los accidentes y enfermedades relacionadas a la labor del colaborador.
¿Cuál es la forma de iniciar la vigilancia medica ocupacional en mi empresa?
Desplazamos a las instalaciones de nuestros clientes, profesionales que vigilarán la salud ocupacional de sus trabajadores y su evolución en el tiempo. Nuestro servicio contempla, además:
- Diagnóstico de gestión de salud empresarial.
- Gestión de exámenes médicos ocupacionales e historias clínicas.
- Desarrollo de programas de salud.
- Capacitación al personal en temas relacionados al servicio.
Principales funciones del médico ocupacional:
- Implementar el Sistema de gestión en Salud Ocupacional de la empresa.
- Identificar al personal con factores de riesgos.
- Elaboración de toda la documentación aplicable al sistema de gestión de salud ocupacional y respuesta a emergencia: Planes, programas, procedimientos, protocolos, instructivos y formatos.
- Realizar la lectura de resultados.
- Diseñar y gestionar la ejecución de los Programas de Vigilancia Ocupacional en relación con su puesto de trabajo y las condiciones ambientales.
- Realizar capacitaciones en salud ocupacional.
- Seguimiento de casos de personal con sospecha o positivo.
- Revisión y/o elaboración del Plan y Programa Anual de vigilancia médica ocupacional.
- Elaboración y/o actualización del Plan de vigilancia , prevención y control de Covid-19.
- otros.
¿Qué personal de salud debe realizar la vigilancia medica ocupacional en mi empresa?
La normativa vigente en nuestro país, Resolución Ministerial 972-MINSA 2020, impone el deber de las empresas de contar con un profesional de la salud en el Anexo 1, se muestra el cuadro del tipo de profesional según el tamaño del centro de trabajo.
- Centros de trabajo Tipo 1: Empresas que no realizan actividades de riesgo y el número de trabajadores es de 5 a 20 requerirán de la consultoría de un profesional de la salud con capacitación otorgada en salud ocupacional, seguridad y salud en el trabajo o gestión de riesgos de desastres.
- Centros de trabajo Tipo 2: Empresas que realizan actividades de riesgo y cuentan con hasta 20 trabajadores. Deben solicitar los servicios de un profesional de la salud con capacitación universitaria mínima de diplomado en Salud Ocupacional otorgada en Salud ocupacional o Seguridad y salud en el trabajo, Gestión de Riesgos de desastres o el Centro de prevención de Riesgos del trabajo (CEPRIT) de Essalud .
- Centros de trabajo tipo 3: Entre 21 a 50 trabajadores. Requerirán de los servicios de un profesional de la salud con capacitación universitaria mínima de maestría en Salud Ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de desastres o el Centro de prevención de Riesgos del trabajo (CEPRIT) de Essalud. El servicio del profesional debe tener una duración mínima de 12 horas semanales.
- Centros de trabajo Tipo 4: Entre 51 a 100 trabajadores. Requerirán de los servicios un profesional de la salud, de preferencia Lic. de enfermería que tenga capacitación universitaria mínima de diplomado en salud ocupacional, medicina ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de desastres o equivalentes para implementar el plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID- 19 en el trabajo. El servicio del profesional debe tener una duración mínima de 18 horas semanales.
- Centros de trabajo Tipo 5: Entre 101 a 500 trabajadores. El empleador debe contar como mínimo , con un profesional medico y un profesional de la salud de preferencia Lic. enfermería, debiendo tener uno de ellos, capacitación universitaria mínima de maestría en salud ocupacional, medicina ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de desastres o equivalentes para implementar el plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID- 19 en el trabajo, cada profesional debe cumplir un mínimo de 18 horas semanales.
- Centros de trabajo Tipo 6: Más de 500 trabajadores, el empleador contará con un médico especialista o egresado de la especialidad de medicina ocupacional y medio ambiente o medicina del trabajo o en su defecto debe tener grado o ser egresado de maestría de salud ocupacional, medicina ocupacional o seguridad y salud en el trabajo o equivalentes. El servicio de cada profesional debe tener una duración de 36 horas semanales.
ABJ cuenta con un equipo multidisciplinario altamente especializado para brindar un Servicio integral de vigilancia médica ocupacional confiable y de calidad.
Si deseas mayor información, comunícate con el 941703428 – 967763491
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