LEY Nº30947, LEY DE SALUD MENTAL DS Nº 007-2020-SA, REGLAMENTO DE LA LEY DE SALUD MENTAL

CONTEXTO
Según estudios realizados por la Dirección de Salud Mental del MINSA, antes de la pandemia la depresión y la ansiedad eran los problemas de salud mental más recurrentes. A raíz de la pandemia hay aspectos que están influyendo en el desempeño de los colaboradores. En un estudio realizado por el Ministerio de salud en el año 2020, sobre el estado de la salud mental, se obtuvo como resultado la siguiente información: el 82.35% de la población muestreada presento estrés, con sintomas ansiosos y/o depresivos 12.68%, sintomas y/o diagnósticos psiquiátricos 2.1%, conflictos con 1.53% y 1.3% por otroso motivos, siendo así que 07 de cada 10 peruanos estan atravesando por un problema de salud mental.
LEGISLACION
Obligaciones de promoción y prevención en salud mental en el ámbito laboral: Ley Nº30947, ley de salud mental y DS Nº 007-2020-SA, reglamento de la ley de salud mental.
- En el artículo Nº14.1. Las instituciones públicas y privadas que no desarrollen atenciones de salud mental (todos los empleadores) realizan las actividades correspondientes de carácter preventivo señaladas en el numeral 14.1, en relación con los riesgos que afectan a sus trabajadores(as), incluyendo los riesgos psicosociales, en el marco del cumplimiento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2012-TR.
- En el Artículo 15 se menciona realizar lo siguiente: Diagnóstico de los problemas de salud mental
- Artículo 34. Monitoreo de las condiciones de trabajo, Los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo son los que revisan y aprueban los planes de cuidado de la salud mental en el trabajo para todo el personal en general
Los empleadores deberán realizar actividades de carácter preventivo, com parte del monitoreo de las condiciones de trabajo y respecto de los riesgos que afectan a sus trabajadores.
Medidas a aplicar por las instituciones públicas y privadas que desarrollen atenciones de Salud Mental
Gestión de un plan y programas continuos de cuidado del personal.
Este plan incluye actividades en los siguientes programas:
- Programa que promueva nutrición y alimentación saludable que fomente el uso razonable y saludable de expendedores de bebidas y alimentos.
- Programa de actividad física, con tiempo flexible para la actividad física individual y colectiva.
- Actividades socioculturales y deportivas.
- Gimnasia laboral y cuidados ergonómicos.
- Acceso a servicios sociales y de salud.
- Programa de reconocimiento y logros que mejoren el bienestar y empoderen al personal.
- Estrategias institucionales para el manejo y flexibilidad del tiempo, según necesidades temporales y de emergencias personales, contextualizadas a cada institución y/o territorio.
- Programas para promover el autocuidado, el buen trato y una vida libre de violencia.
- Programas de abordaje del agotamiento profesional, que incluya detección, prevención, atención y monitoreo.
- Capacitación laboral en competencias socioemocionales.
- Seguimiento y evaluación de las actividades.
Promoción del clima organizacional al más alto nivel institucional.
- Elaboración de manual o guía de buenas prácticas para la mejora del clima organizacional.
- Compromiso del buen trato y respeto a la diversidad étnica, cultura y sexual.
- Norma organizacional para prevenir al acoso laboral y sexual, de obligatorio conocimiento y aplicación, que integre las disposiciones correspondientes de la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP o normativa vigente.
- Grupos de vigilancia anticorrupción y contra el hostigamiento sexual.
Desarrollo de directrices que establezcan la preeminencia del bienestar de la persona por encima de los intereses laborales, a efecto de proteger al derecho al trabajo y a la salud de las personas, especialmente cuando existen problemas de salud mental, considerando aquellos ocasionados por la violencia de género.
Desarrollo de programas que incluyan medidas de identificación, evaluación, atención y protección ante el estrés laboral, acoso, hostigamiento sexual, malestar, desmotivación, desconfianza, agotamiento laboral, violencia institucional, entre otros factores que afecten la salud mental de los(as) trabajadores(as)
Incorporar la disposiciones sobre los ajustes razonables establecidas en la normativa vigente, a efecto que los(as) trabajadores (as) con cualquier tipo de discapacidad garanticen su derecho de trabajar en coordinación con los servicios de salud y salud mental comunitaria
Implementación de medidas orientadas a conciliar y armonizar las responsabilidades familiares y el derecho al trabajo de las personas, especialmente aquellas que asumen el cuidado de familiares directos en situación de vulnerabilidad (niñas, niños, personas adultas mayores en estado de fragilidad o dependencia, personas con discapacidad por problemas de salud)