Evaluaciones Médico Ocupacionales
La norma establece que la vigilancia de la salud de los trabajadores es un acto médico que incluye la realización de exámenes médico ocupacionales, atención, notificación y registro de acontecimientos relacionados a la salud de los trabajadores.
La Salud Ocupacional es la rama de la Salud Pública que se encarga de los exámenes médicos ocupacionales con la finalidad promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones, así como prevenir todo daño a la salud causado por condiciones de trabajo y factores de riesgo, adecuando el trabajo al trabajador, atendiendo sus aptitudes y capacidades.
Según el resultado de la evaluación médico ocupacional el trabajador puede ser considerado en relación al puesto de trabajo como apto, apto con restricciones y no apto.El trabajador deberá ser informado sobre los resultados de los informes médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluación de su salud.
- Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783.
- Ley N° 30222, modifica diversos artículos de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N° 29783.
- Decreto supremo 006-2014-TR, que modifica el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto Supremo 005-2012).
- Documento técnico Protocolo de Exámenes Médico Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes médicos Obligatorios por Actividad. RM N- 312-2011/ MINSA.
2.1. ¿Cuál es la finalidad de realizar exámenes médicos ocupacionales a los trabajadores?
Establecer el procedimiento de vigilancia de la salud de los trabajadores para identificar, controlar los riesgos ocupacionales a fin de proporcionar información probatoria para fundamentar las medidas de prevención y control en los ambientes laborales por parte del servicio médico ocupacional, en la atención, registro y notificación de daños en la salud.
2.2. ¿Cuáles son los exámenes médicos ocupacionales a considerar en las evaluaciones médica del personal?
Evaluación médica pre empleo Se realiza al trabajador antes de ingresar al puesto de trabajo para determinar su estado de salud y su aptitud para realizarlo.
Evaluación médica ocupacional periódica Con el fin de monitorear la exposición de factores de riesgo e identificar a tiempo alteraciones temporales, permanentes o agravadas de la salud del trabajador, asociadas al puesto de trabajo y los estados pre patogénicos. Su periodicidad la determina el médico ocupacional, pero al menos deben efectuarse una vez al año.
Evaluación médica ocupacional de retiro Se realiza días previos al cese laboral
2.3. ¿Cuál es el periodo de evaluación de los exámenes médicos ocupacionales?
- Evaluación médica al inicio de la relación laboral: los trabajadores deberán acreditar su estado de salud mediante un certificado médico ocupacional que tendrá validez por 2 años, siempre y cuando se mantengan en la misma actividad económica. Los certificados de exámenes médicos ocupacionales que se realizan durante la relación laboral, tienen igual período de validez.
- Evaluación médica al término de la relación laboral. Los exámenes de salida son facultativos, y podrán realizarse a solicitud del empleador o trabajador. Los costos son asumidos por el empleador.
- En el caso de los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar los exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral.
- En el caso de relaciones laborales que excedan el período de prueba y no cumplan el plazo de 2 años, el examen médico es válido siempre y cuando se mantengan en la misma actividad.
- Las disposiciones anteriores no se aplican para empresas que realizan actividades de alto riesgo, las cuales deberán cumplir con los estándares mínimos sectoriales.
3.1. ¿Qué obligaciones tiene el empleador en la evaluación medico ocupacional?
Los exámenes médicos deben ser realizados respetando lo dispuesto en los Documentos Técnicos de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores expedidos por el Ministerio de Salud.
Los resultados deben ser informados al trabajador únicamente por el médico del servicio de seguridad y salud en el trabajo. Asimismo, el médico informará al empleador las condiciones del estado de salud de los trabajadores, con el objetivo de diseñar medidas de prevención adecuadas.
4.1. ¿Quién está a cargo de la realización de los exámenes médicos ocupacionales?
Con un mínimo de 3 años de experiencia, En Medicina Ocupacional, colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú.
4.2. ¿Qué obligaciones tiene el médico ocupacional durante la evaluación médico ocupacional?
- Las evaluaciones médico ocupacionales solo podrán llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, previamente informado por el Servicio de Salud Ocupacional.
- Se debe considerar la dignidad, intimidad y confidencialidad del contenido de las evaluaciones médico ocupacional.
- El médico ocupacional debe informar a la empresa las conclusiones necesarias para la toma de medidas preventivas y de ninguna manera se usará en contra del trabajador o para fines administrativos de orden laboral.
- Se debe tomar en cuenta la adaptación del puesto de trabajo a la mujer embarazada, porque no hay una obligatoriedad de comunicar el embarazo, pero sí se debe de proteger la maternidad de acuerdo a la normatividad actual.
- La documentación de la vigilancia de la salud de los trabajadores debe permanecer en custodia del médico ocupacional.
- Los servicios que presta el médico ocupacional deberán contar con un espacio físico adecuado, equipo médico básico, y además, disponer del personal administrativo necesario para su funcionamiento.
- El médico ocupacional debe coordinar con un equipo multidisciplinario constituido en función de la índole de las tareas que deban ejecutarse.
- Los servicios de apoyo al médico ocupacional como toxicología, laboratorio, radiología, espirometría y/o audiometría para la vigilancia de la salud de los trabajadores, deberán tener sus funciones acreditadas y aprobada por la autoridad de salud de la jurisdicción, teniendo como requisitos mínimos: personal capacitado en salud ocupacional, infraestructura mínima, y material tecnológico, dependiendo de la complejidad del proceso del trabajo.
2 comentarios
Jorge Arbulu · 7 abril, 2020 a las 5:34 pm
Punto 4.1. ¿Quién está a cargo de la realización de los exámenes médicos ocupacionales?
es incorrecto: Con un mínimo de 3 años de experiencia, En Medicina Ocupacional, colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú.
Es correcto:
• RM 004/2014 MINSA-Conformidad de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores. “La Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que incluye la realización de los exámenes médico ocupacionales, atención, notificación y registro de los acontecimientos relacionados a la salud de los trabajadores es un acto médico y debe cumplir con las siguientes condiciones:
6.6.1 Debe estar a cargo de un:
a) Médico Cirujano con segunda especialidad en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente o Medicina del Trabajo, debidamente titulado, colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú; o,
b) Médico Cirujano con Maestría en Salud Ocupacional o Maestría en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestría en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, debidamente colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú.
Abj Ingenieros · 13 abril, 2020 a las 11:59 am
Hola Jorge un gusto saludarte, muchas gracias por la observación.